Los hijos no reconocidos también tienen derechos
El hijo extramatrimonial no reconocido tiene la facultad de demandar judicialmente a la persona que considere su padre, a los efectos de acreditar su filiación. Este derecha es imprescriptible, es decir, puede ser ejercido el momento que lo desee. Si se trata de un menor de edad o incapaz, es necesaria la intervendón de su representante legal, o sea la madre que se encuentra en ejercido de la patria potestad, el tutor, el curador o el Ministerio Público de Menores.
¿Qué ocurre si el padre muere sn haber reconocido a su hijo?
En este caso, si los herederos forzosos o legitimos del fallecido no lo aceptan extrajudicialmente, siempre queda la posibilidad de ejercer una acción contra ellos. Si en base a las pruebas aportadas (entre las que tendrá mayor trascendencia la del ADN),la justida declara la verdadera filiación del interesado, éste será legalmente considerado hijo y anotado en el Registro Civil como tal, al mismo tiempo, como heredero forzoso, obtendrá el reconocimiento de los derechos hereditarios en la sucesión del padre.
¿Qué ocurre si el padre muere sn haber reconocido a su hijo?
En este caso, si los herederos forzosos o legitimos del fallecido no lo aceptan extrajudicialmente, siempre queda la posibilidad de ejercer una acción contra ellos. Si en base a las pruebas aportadas (entre las que tendrá mayor trascendencia la del ADN),la justida declara la verdadera filiación del interesado, éste será legalmente considerado hijo y anotado en el Registro Civil como tal, al mismo tiempo, como heredero forzoso, obtendrá el reconocimiento de los derechos hereditarios en la sucesión del padre.